Quién fija las reglas
Alquilar una vivienda completa a turistas para estancias cortas es una actividad regulada en Baleares. La norma principal es la Ley del Turismo balear, la Ley 8/2012, modificada muchas veces desde 2017. El Parlament aprueba la ley, y el Govern también puede cambiarla por decreto-ley de urgencia. El Consell de Mallorca lleva el registro turístico, vende plazas turísticas a través de su organismo CBAT, inspecciona y sanciona. Las zonas donde se permite el alquiler vacacional se fijan en el planeamiento insular y municipal, y el Ayuntamiento de Palma delimita las suyas. Los ayuntamientos certifican si una vivienda está en zona apta. La normativa estatal añade el registro de huéspedes ante la policía y las reglas de las comunidades de propietarios. La tributación de la renta del alquiler es aparte: véase Impuestos para propietarios.
- ETV
- Estancia turística en vivienda. En el lenguaje corriente, esta inscripción se llama licencia de alquiler vacacional.
- ETVPL
- ETV en una vivienda sujeta a propiedad horizontal o en un edificio de dos o más viviendas con acceso o elementos comunes. Su inscripción y sus plazas duran cinco años y deben renovarse.
- ETV60
- Alquiler a turistas de la propia vivienda habitual hasta 60 días al año. Solo para particulares que vivan realmente en ella.
- DRIAT
- Declaración responsable de inicio de actividad turística. Presentarla con la documentación exigida es lo que inscribe la vivienda.
- Plaza turística
- Derecho a alojar a un huésped. Una vivienda solo se puede alquilar por las plazas que haya adquirido, y nunca por más de las que permita su cédula de habitabilidad.
- Zona apta
- Zona declarada apta para el alquiler vacacional. El ayuntamiento expide un certificado que indica si una vivienda está en ella, para cada tipo de alquiler.
- Cédula de habitabilidad
- Certificado balear que confirma que una vivienda es apta para vivir e indica cuántas personas puede alojar.
- CBAT
- Consorci Borsa d’Allotjaments Turístics: el organismo del Consell de Mallorca que gestiona y vende plazas turísticas.
- Bolsa de plazas
- El fondo de plazas turísticas. En Mallorca solo contiene hoy las liberadas al cancelarse otras inscripciones.
- Vivienda turística de vacaciones
- Tipo anterior de inscripción para casas, concedido con la legislación previa. Siguen figurando en el mismo registro.
Qué viviendas pueden obtener una nueva inscripción en 2026
El mayor cambio reciente es el Decreto-ley 4/2025, de 11 de abril de 2025, en vigor desde el 16 de abril de 2025 y convalidado por el Parlament en mayo de 2025. Prohibió las nuevas inscripciones de alquiler vacacional en cualquier vivienda sujeta a comunidad de propietarios en toda Baleares, salvo las casas adosadas y pareadas. La Ley 4/2026, en vigor desde el 14 de junio de 2026, añadió una tercera excepción: las casas aisladas que comparten parcela con otras edificaciones. La prohibición no afecta al alquiler de la propia vivienda habitual hasta 60 días al año.
| Tipo de vivienda | ¿Nueva inscripción? | Principales condiciones |
|---|---|---|
| Casa aislada fuera de comunidad de propietarios (ETV) | Posible fuera de Palma | Zona apta y plazas turísticas, de la bolsa o de otro propietario. Las plazas compradas a la bolsa son permanentes. |
| Casa adosada o pareada en comunidad (ETVPL) | Posible fuera de Palma | Aprobación de tres quintos de los propietarios. Inscripción y plazas por cinco años, renovables. |
| Casa aislada que comparte parcela con otras edificaciones en comunidad | Posible desde el 14 de junio de 2026, fuera de Palma | Como vivienda en comunidad, se aplican las reglas de cinco años de la ETVPL. Las normas de la bolsa de marzo de 2026 son anteriores a este cambio, así que pregunte cómo lo aplica el Consell. |
| Piso o apartamento en un bloque | No, desde el 16 de abril de 2025 | Solo la vía de vivienda habitual (ETV60), donde la zona lo permita. |
| Su propia vivienda habitual, de cualquier tipo (ETV60) | Posible donde la zona lo permita, nunca en Palma | Solo particulares empadronados en ella, hasta 60 días al año por meses completos. |
| Cualquier vivienda en Palma | No, desde el cambio del plan publicado el 27 de junio de 2026 | Las inscripciones permanentes existentes pueden seguir. Las temporales no se pueden renovar. |
La vivienda debe cumplir además las condiciones de los artículos 50 y 52 de la Ley 8/2012:
- Cédula de habitabilidad vigente (o licencia de ocupación con el número de plazas). Puede alquilar hasta ese número de plazas, con un baño por cada cuatro.
- Al menos cinco años de antigüedad, con uso residencial privado durante ese tiempo, acreditado con la escritura de obra nueva, la licencia de primera ocupación o un certificado municipal.
- Certificado municipal de que la vivienda está en zona apta para el tipo de alquiler deseado.
- No estar en suelo rústico protegido, salvo que el plan insular diga otra cosa. Véase Comprar una finca.
- Calificación energética de al menos F si se construyó antes de 2008, o D si se construyó desde 2008.
- Contadores individuales de agua (si se abastece de la red pública) y de electricidad o gas.
- Seguro de responsabilidad civil que cubra a los huéspedes y, en una comunidad, los daños que causen a esta.
- No ser nunca vivienda protegida o de precio tasado, y no tener una sanción firme por infracción urbanística grave o muy grave sin subsanar.
- Estancias por días o semanas, nunca de más de un mes (30 noches), y de la vivienda completa, no por habitaciones.
Plazas turísticas, techo insular y moratoria
Toda inscripción necesita plazas turísticas. Según el artículo 5 de la Ley 8/2012, hasta que un plan insular fije una cifra, el techo de la isla son las plazas legales existentes más las de las bolsas, de modo que solo pueden aparecer plazas nuevas cuando desaparecen otras. Desde el 11 de febrero de 2022 (Decreto-ley 3/2022, luego Ley 3/2022, de 15 de junio de 2022), Mallorca tiene suspendidas tanto las ventas de plazas de las bolsas como las permutas entre particulares, con algunas excepciones. La suspensión dura hasta que un plan insular evalúe la capacidad de carga turística de la isla o el pleno del Consell de Mallorca apruebe un techo basado en un estudio de capacidad de carga.
Hay tres formas de sortearla. Un propietario que cancele voluntariamente una inscripción cuyas plazas se compraron de forma permanente puede venderlas a otra persona. El comprador de las plazas tiene tres meses desde la cancelación para acreditar la compra y seis para inscribir una vivienda con ellas. Un propietario también puede trasladar plazas de una de sus viviendas a otra, sin aumentar su número. Y el Decreto-ley 4/2025 creó bolsas temporales alimentadas solo con inscripciones canceladas, de modo que el total no crece. Al aprobar ese decreto, el Govern contaba unas 160.000 plazas turísticas en viviendas en las islas, para unos 1,24 millones de residentes.
Publicación de las normas
El CBAT aprobó las normas de su bolsa temporal el 11 de marzo de 2026 (publicadas en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, BOIB n.º 33, de 14 de marzo de 2026). Sustituyeron un sistema por orden de llegada, después de que la convocatoria de septiembre de 2025 para 654 plazas no pudiera resolverse por problemas técnicos.
Quién puede solicitarlas
Solo los propietarios o usufructuarios de la vivienda, con una nota simple que acredite la titularidad. Una solicitud por inmueble y una por persona.
La convocatoria de marzo de 2026
Se ofrecieron 1.069 plazas. Las solicitudes en línea se abrieron el 23 de marzo de 2026 (BOIB n.º 35, de 19 de marzo de 2026) y el plazo se amplió del 30 de marzo al 8 de abril de 2026 (BOIB n.º 36, de 21 de marzo de 2026).
Sorteo
Las solicitudes admitidas se numeran y un sorteo público ante un funcionario fija el número inicial. Las plazas se adjudican por ese orden, y el resto forma una lista de espera válida seis meses desde el sorteo.
Pago y certificado de zona
Los adjudicatarios pagan el precio y deben aportar el certificado municipal de zona, o pierden las plazas en favor de la lista de espera.
Inscripción
El propietario tiene después tres meses desde el certificado de plazas para presentar la DRIAT ante el Consell de Mallorca, o las plazas vuelven a la bolsa sin devolución. Las plazas compradas a la bolsa no se pueden transmitir durante cinco años.
| Tipo de inscripción | Precio por plaza | Duración de las plazas |
|---|---|---|
| Casa aislada fuera de comunidad (ETV) | 3.500 € | Compra permanente |
| Casa adosada o pareada en comunidad (ETVPL) | 875 € | Cinco años, renovables |
| Su propia vivienda habitual, hasta 60 días al año (ETV60) | 291,67 € | Cinco años, renovables |
Las normas propias de Palma
El Ayuntamiento de Palma delimita sus propias zonas de alquiler vacacional y antes de 2026 ya vetaba los nuevos alquileres vacacionales en pisos. El 28 de mayo de 2026, el pleno aprobó definitivamente un cambio de su Plan General de 2023, que había aprobado inicialmente el 26 de febrero de 2026. Se publicó en el BOIB el 27 de junio de 2026 (BOIB n.º 81). Todo el municipio es ahora una única zona donde no se permite el alquiler vacacional en viviendas, incluidas las casas aisladas y pareadas. El acuerdo publicado indica que esto elimina las 374 plazas nuevas que permitía el plan (231 en la ciudad y 143 en suelo rústico), impide renovar las inscripciones no permanentes y evita trasladar plazas existentes a otra vivienda de Palma. Las inscripciones permanentes existentes pueden continuar.
Comprar una vivienda que ya tiene licencia
Según el artículo 88 de la Ley 8/2012, las plazas turísticas siguen vinculadas al inmueble hasta que se cancela la inscripción. La venta no la cancela, pero el cambio de titular debe comunicarse al Consell de Mallorca, y no hacerlo es una infracción leve. Si la vivienda tiene una multa firme de la autoridad turística, el cambio de titular no se tramita hasta pagar la deuda.
Una inscripción ETVPL dura cinco años y debe renovarse en el mes anterior a su vencimiento, con un nuevo certificado del CBAT para las plazas, lo que solo es posible si la vivienda y la zona siguen cumpliendo las normas. Si no se hace, la inscripción termina y las plazas vuelven a la bolsa. La prohibición de abril de 2025 para viviendas en comunidad impide las nuevas inscripciones y no cancela las existentes, pero pida al Consell o a su abogado que confirmen que la inscripción de cinco años de un piso se puede renovar antes de contar con ello. Una ETV60 depende de que el titular viva allí, de modo que no continúa para un comprador que no vaya a hacerlo. Y una inscripción se puede cancelar tras tres años seguidos sin alquilar.
Conseguir el número
Pida el número de inscripción y compruébelo en el registro de viviendas turísticas del Consell de Mallorca, publicado como datos abiertos, que recoge tipo de edificio, municipio, fecha y número de plazas.
Pedir los papeles
Solicite la DRIAT, la resolución de inscripción y el certificado de plazas. Compruebe titular, dirección y número de plazas.
Comprobar tipo y vencimiento
Averigüe si las plazas son permanentes o de cinco años, y cuándo termina ese plazo. En Palma, un plazo de cinco años ya no se puede renovar.
Comprobar que la casa coincide
La cédula de habitabilidad, los dormitorios reales y las plazas inscritas deben concordar, y el edificio debe ser legal. Véase Informes y comprobaciones.
Comprobar la comunidad
En una vivienda en comunidad de propietarios, lea los estatutos y pida el certificado de aprobación de los propietarios.
Comprobar actividad y deudas
Pida recibos del impuesto turístico y pruebas de alquiler de los últimos tres años, y pregunte si hay alguna inspección o multa abierta.
Protegerse en el contrato
Pregunte a su abogado si conviene condicionar la compra a la licencia y cómo se presentará el cambio de titular tras la escritura. Véase Cómo elegir abogado.
La explotación: registros, huéspedes e impuestos
Número de inscripción balear. Debe figurar en todos los anuncios. Las plataformas que anuncian viviendas sin inscripción o sin el número cometen una infracción muy grave.
Registro estatal. El Real Decreto 1312/2024 creó un registro único de arrendamientos, aplicado desde el 1 de julio de 2025, que daba a cada alquiler de corta duración un número necesario para las plataformas en línea. El Tribunal Supremo anuló ese procedimiento de registro y la obligación de registrarse a través del Registro de la Propiedad para obtener el número en una sentencia de 19 de mayo de 2026 (publicada en el BOE el 8 de junio de 2026), seguida de resoluciones similares el 21 de mayo y el 1 de junio de 2026. El número estatal ya no es obligatorio. Las plataformas deben seguir compartiendo datos de reservas con las autoridades según el Reglamento (UE) 2024/1028, y la inscripción balear sigue vigente.
Registro de huéspedes. Según el Real Decreto 933/2021, los anfitriones se dan de alta en el sistema en línea del Ministerio del Interior (SES.HOSPEDAJES, en marcha desde el 2 de diciembre de 2024) antes de empezar, y después envían los datos de la reserva y de los huéspedes en las 24 horas siguientes a la reserva y de nuevo en las 24 horas siguientes a la llegada. Cada huésped de 14 años o más firma el parte.
Normas de la casa. Desde el 9 de julio de 2025 (Ley 1/2025), el contrato de alquiler debe prohibir expresamente las fiestas y otros actos que infrinjan las normas básicas de convivencia o los estatutos de la comunidad. Si los huéspedes causan esas molestias, el anfitrión debe exigirles que se marchen en 24 horas. Omitir la prohibición en el contrato es una infracción grave.
Comunidad de propietarios. Desde el 3 de abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal exige la aprobación expresa y previa de tres quintos de los propietarios, que representen tres quintos de las cuotas, antes de iniciar un alquiler vacacional en el edificio. La misma mayoría puede subir hasta un 20 % la cuota de gastos de esa vivienda. Los alquileres inscritos antes de esa fecha pueden continuar.
| Concepto | Regla |
|---|---|
| Tipo | 2 € por huésped y noche |
| Temporada baja (1 de noviembre a 30 de abril) | Reducción del 75 %, es decir, 0,50 € por noche |
| Estancias largas | 50 % menos desde el noveno día de estancia en la misma vivienda |
| Exentos | Los menores de 16 años, entre otros |
| Quién ingresa el impuesto | El explotador, que lo cobra a los huéspedes y lo paga a la ATIB (Agència Tributària de les Illes Balears) |
| Cuándo | Las viviendas vacacionales pagan por recibo anual: el de 2025 se abonó del 1 de mayo al 30 de junio de 2026 |
Multas y control
El Decreto-ley 4/2025 subió las multas turísticas alrededor de un 25 % desde el 16 de abril de 2025. Pueden responder los propietarios, quienes comercializan la vivienda y los inquilinos del inmueble. También se puede multar a las plataformas. Las multas pueden elevarse hasta tres veces el precio de las estancias afectadas, para que infringir nunca salga a cuenta.
| Nivel | Casos típicos | Multa |
|---|---|---|
| Leve | Incumplimientos menores de los deberes de información; no comunicar un cambio de titular | Apercibimiento o hasta 5.000 € |
| Grave | Anunciar o comercializar una vivienda sin DRIAT, salvo que sea muy grave; anunciar o alquilar incumpliendo las condiciones (por ejemplo, más huéspedes que plazas) | De 5.001 a 50.000 €; de 30.001 a 50.000 € en estos casos |
| Muy grave | Ejercer la actividad sin DRIAT; anunciar o alquilar un tipo de vivienda no inscribible, fuera de zona apta o sin plazas turísticas; plataformas que anuncien viviendas sin inscribir o sin el número | De 50.001 a 500.000 € |
| Multas coercitivas | Continuar tras una orden de cese | De 500 a 5.000 € al día (desde el 14 de junio de 2026), y traslado a la fiscalía tras imponerse al menos dos multas |
Las multas relacionadas con el alquiler vacacional se reducen un 80 % si el propietario reconoce su responsabilidad y cede la vivienda para alquiler social o de precio limitado durante al menos cinco años, o un 60 % si se incorpora a un programa público de alquiler asequible durante al menos siete. El Consell también puede ordenar el cese inmediato del alquiler sin licencia. La web de contención turística del Govern enlaza con el canal de cada consell insular para denunciar alquileres ilegales.
Alternativas: alquiler de larga duración y temporal
Sin inscripción se puede seguir alquilando una vivienda como residencia normal, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). El inquilino puede quedarse al menos cinco años, o siete si el arrendador es una empresa. Véase Alquilar a largo plazo para saber cómo funcionan estos contratos.
El alquiler de temporada o temporal es donde las normas cambian más deprisa. La ley balear limita a 30 noches una estancia turística en vivienda y presume turístico el alquiler corto de una vivienda lista para entrar a vivir si no se acredita otra finalidad. En el ámbito estatal, el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre de 2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026, establece que un alquiler temporal necesita un motivo real y demostrable por el que el inquilino esté fuera de su vivienda habitual, debe durar más de 31 días y, en general, no más de 12 meses. Sin ese motivo, se trata como un arrendamiento de vivienda habitual.
Los dos límites no encajan del todo: la ley balear cuenta noches, la LAU cuenta días, y un alquiler de exactamente 31 días es demasiado corto para ser temporal, mientras que como estancia turística no puede pasar de 30 noches. Ninguna de las dos leyes dice cómo tratar ese límite, así que pregunte a su abogado antes de pactar un alquiler de esa duración aproximada. Al consultarlo el 25 de octubre de 2026, el Congreso no había convalidado el decreto-ley. Una versión anterior, el Real Decreto-ley 26/2026, quedó derogada el 2 de octubre de 2026 tras el voto en contra del Congreso, y sus cambios en la LAU se deshicieron. Lo mismo ocurriría con estas normas si el Congreso rechaza el nuevo decreto-ley.
Cambios recientes de un vistazo
| Fecha | Cambio | Situación |
|---|---|---|
| 11 de febrero de 2022 | Suspendida en Mallorca la venta de plazas turísticas de las bolsas y las permutas entre particulares (Decreto-ley 3/2022, luego Ley 3/2022) | En vigor |
| 2 de diciembre de 2024 | Entra en servicio el registro de huéspedes en línea (SES.HOSPEDAJES) | En vigor |
| 3 de abril de 2025 | Tres quintos de los propietarios deben aprobar nuevos alquileres vacacionales en una comunidad | En vigor |
| 16 de abril de 2025 | Sin nuevas inscripciones en comunidades salvo adosadas y pareadas; multas alrededor de un 25 % más altas; bolsas temporales | En vigor |
| 1 de julio de 2025 | Empieza el registro único de arrendamientos estatal | Procedimiento anulado por el Tribunal Supremo en mayo de 2026 |
| 9 de julio de 2025 | Los contratos deben prohibir las fiestas; los huéspedes que molesten deben marcharse en 24 horas (Ley 1/2025) | En vigor |
| 14 de marzo de 2026 | Publicadas las normas del sorteo del CBAT para la bolsa temporal | En vigor |
| 14 de junio de 2026 | Ley 4/2026: excepción para casas aisladas que comparten parcela; multas coercitivas de 500 a 5.000 € al día | En vigor |
| 27 de junio de 2026 | Publicada la prohibición del alquiler vacacional en todas las viviendas de Palma (aprobada el 28 de mayo de 2026); las inscripciones temporales no se pueden renovar | En vigor |
| 8 de octubre de 2026 | El Real Decreto-ley 29/2026 endurece el alquiler temporal | En vigor, sin convalidar por el Congreso a 25 de octubre de 2026 |
| 1 de diciembre de 2026 | IVA del 10 % en alquileres de 30 noches o menos, salvo en la residencia habitual del arrendador (Real Decreto-ley 29/2026) | Previsto; depende de la convalidación del decreto-ley |
Preguntas de los compradores
¿Puedo obtener una licencia de alquiler vacacional para un piso en Mallorca?
No como alquiler vacacional normal. Desde el 16 de abril de 2025 no se admiten nuevas inscripciones en viviendas en comunidad de propietarios, salvo casas adosadas, pareadas y aisladas que comparten parcela. La única vía para un piso es alquilar la propia vivienda habitual hasta 60 días al año, donde la zona lo permita y nunca en Palma.
¿La licencia se transmite al comprar la vivienda?
La inscripción y sus plazas turísticas siguen al inmueble, y el cambio de titular debe comunicarse al Consell de Mallorca. Las multas turísticas impagadas lo bloquean, las inscripciones de cinco años deben renovarse a tiempo (y no se pueden renovar en Palma) y una inscripción de vivienda habitual (ETV60) no pasa a un comprador que no vaya a vivir allí.
¿Puedo comprar una casa y pedir la licencia después?
Solo si la casa es de un tipo permitido, está en zona apta y fuera de Palma, y obtiene plazas turísticas. En 2026, eso significa ganarlas en el sorteo del Consell o comprarlas a un propietario que cancele una inscripción. Ninguna de las dos cosas está garantizada.
¿Sigo necesitando el número de registro estatal de alquiler?
No. El Tribunal Supremo anuló el procedimiento de registro en mayo de 2026. Sigue necesitando la inscripción turística balear, su número debe figurar en los anuncios y las plataformas siguen compartiendo datos de reservas con las autoridades.
¿Quién paga el impuesto turístico?
Lo deben los huéspedes, a 2 € por persona y noche en viviendas vacacionales, con un 75 % de descuento de noviembre a abril. El explotador lo cobra y lo ingresa en la ATIB, por recibo anual en el caso de las viviendas vacacionales.
¿Qué ocurre si alquilo sin licencia?
El Consell puede ordenarle parar y multarle: anunciar una vivienda sin inscripción es una infracción grave (de 30.001 a 50.000 €), y alquilar sin ella, o anunciar una vivienda que nunca podría inscribirse, es muy grave (de 50.001 a 500.000 €). Si continúa, llegan las multas coercitivas diarias.
Fuentes
Las fuentes oficiales y publicadas en las que se basa esta guía, revisadas en octubre de 2026.
- Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears (texto consolidado, con los cambios de la Ley 4/2026 en vigor desde el 14 de junio de 2026) BOE
- Decreto-ley 4/2025, de 11 de abril, contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta, y por la calidad turística de las Illes Balears BOE (del BOIB n.º 46, 15 de abril de 2025)
- Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos (disposiciones finales 4 y 22) BOE (del BOIB n.º 74, 13 de junio de 2026)
- Ley 1/2025, de 13 de junio, para prevenir la celebración de fiestas y actividades molestas en viviendas que se comercialicen como estancias turísticas BOE (del BOIB n.º 77, 19 de junio de 2025)
- Decreto-ley 3/2022, de 11 de febrero, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears BOE (del BOIB n.º 22, 11 de febrero de 2022)
- Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears (texto consolidado) BOE
- Contención turística: contenido del Decreto ley 4/2025 Govern de les Illes Balears
- Acord de la Junta Rectora del CBAT sobre les borses temporals de places turístiques per estades turístiques en habitatges (BOIB n.º 33, 14 de marzo de 2026) Consell de Mallorca, Consorci Borsa d’Allotjaments Turístics (BOIB)
- Resolució del president del CBAT: convocatòria de la borsa temporal del mes de març de 2026 (BOIB n.º 35, 19 de marzo de 2026) Consell de Mallorca, Consorci Borsa d’Allotjaments Turístics (BOIB)
- Resolución del Presidente del CBAT por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes, convocatoria de marzo de 2026 (BOIB n.º 36, 21 de marzo de 2026) Consell de Mallorca, Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos (BOIB)
- Ajuntament de Palma: aprobación definitiva de la modificación del Plan General (PG23), Normas 4.2.1, 4.2.2 y 4.2.4 (BOIB n.º 81, 27 de junio de 2026) Ajuntament de Palma (BOIB)
- Palma prohíbe nuevas licencias de alquiler turístico para pacificar los barrios El Debate
- Registre d’Habitatges Turístics i Estades Turístiques en Habitatge de Mallorca (datos abiertos) Govern de les Illes Balears / Consell de Mallorca
- Ley 2/2016, de 30 de marzo, del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears (texto consolidado) BOE
- Impuesto sobre estancias turísticas: viviendas turísticas y campings, ejercicio 2025 (aviso de 28 de abril de 2026) Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB)
- Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (texto consolidado) BOE
- Sentencia de 19 de mayo de 2026, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, sobre el Real Decreto 1312/2024 BOE
- Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, Registro Único de Arrendamientos (texto consolidado con anotaciones judiciales) BOE
- Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, obligaciones de registro documental e información de hospedaje BOE
- Interior activa el nuevo registro de hospedaje y alquiler de vehículos (2 de diciembre de 2024) La Moncloa / Ministerio del Interior
- Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda BOE
- Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre (con su derogación por Resolución de 2 de octubre de 2026) BOE
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (texto consolidado) BOE
- Real Decreto 851/2026, de 21 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones directas a las comunidades autónomas que hayan declarado zonas de mercado residencial tensionado BOE
- Constitución Española, artículos 78 y 86 BOE
- Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones BOE
Información general, no asesoramiento. Esta guía explica cómo suelen funcionar las cosas para quien compra en Mallorca. Las normas y los tipos cambian y cada compra es distinta, así que compruebe los detalles de su caso con un abogado o asesor fiscal independiente antes de comprometerse.
